martes, marzo 04, 2008

España y la delimitación de fronteras

Ahora que está tan de moda el tema de la invasión de fronteras de otros países es un buen momento para recordar que nosotros deberíamos delimitar las nuestras para ahorrarnos problemas en el futuro. Hace dos años, y como señalé aqui, estuve visitando el centro de detección de radar de la base aérea de Zaragoza y me confirmaron que aviones de combate Mirage F-1 de las FAS marroquíes sobrevuelan el espacio aéreo español de las islas Canarias con asiduidad. Como conté en su momento, las instrucciones al respecto eran tomar nota de los hechos y realizar, si procediera, una protesta diplomática. Sólo se tenían instrucciones de 'actuar' si los aparatos se internaban en nuestro espacio aéreo 'más allá de una determinada distancia'. ¿A qué se debe esta violación sistemática de nuestro espacio aéreo por parte de Rabat y por qué no mostramos una reacción más enérgica?

Aunque parezca extraño, hay un buen motivo para ello, y es que, a efectos jurídicos y a día de hoy, no existen fronteras entre Marruecos y las islas Canarias porque existe un contencioso abierto en la delimitación de las fronteras marítimas de estos dos países en el Atlántico. Por tanto si no hay fronteras jurídicamente constituidas y aceptadas por las partes no existe ningún 'espacio aéreo español' en las Islas Canarias salvo el que hay justo encima de los islotes. Esto, que puede parecer propio de una república bananera, es bastante frecuente entre los estados. En una sociedad internacional inmersa en una lucha tan encarnizada por los recursos, es difícil ver estados ribereños que tienen sus fronteras perfectamente delimitadas con sus vecinos. Pero vamos a explicar nuestro caso un poco más en profundidad:

El derecho del mar está regulado por la Conferencia de Montego Bay de 1982. En ella se establece la distinción entre tres conceptos:


  • Mar Territorial, que es un espacio de soberanía de 12 millas náuticas a partir del territorio del Estado.
  • Zona Económica Exclusiva (ZEE). Es una zona de soberanía limitada que se extiende 200 millas náuticas a partir del mar territorial.
  • Plataforma Continental. Es una zona de soberanía limitada que confiere al estado ribereño derechos de explotación económica sobre los recursos naturales que se encuentren en el lecho o el subsuelo de las aguas submarinas, como el petróleo. También se extiende 200 millas náuticas.
Con la delimitación del mar territorial no hay problema, porque la distancia entre Marruecos y Canarias es mayor de 24 millas náuticas. Sin embargo, los problemas se producen de cara a la delimitación de la ZEE y la PC porque no hay espacio suficiente para proyectar las 200 millas náuticas (380 km) por ambos lados. A este respecto, el artículo 74 del Convenio dice lo siguiente:
1. La delimitación de la zona económica exclusiva entre Estados con costas adyacentes o situadas frente a frente se efectuará por acuerdo entre ellos sobre la base del derecho internacional, a que se hace referencia en el artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, a fin de llegar a una solución equitativa.
En el derecho internacional es tradicional utilizar en este tipo de litigios el criterio de la mediana equidistante para delimitar la ZEE y la PC, que no es más que el trazado de una línea en el punto medio que separa las plataformas continentales de la parte más occidental de Marruecos con la más oriental de las islas. Esta es la postura española presentada unilateralmente ante la Comisión Europea en 1997 y su resultado sería este:

Marruecos, sin embargo, no acepta este criterio y en el año 2000 pidió explicaciones a España por su división unilateral. Su postura es que las Canarias no proyectan ZEE y sólo reconoce la soberanía de sus 12 millas de aguas territoriales, con lo que el mapa quedaría así:

De este modo, Marruecos propone un escenario en el que su ZEE se proyectaría sus 200 millas náuticas correspondientes ocupando incluso las aguas interiores canarias. Es decir que, en la práctica, Marruecos podría impedir que barcos españoles faenaran en esas aguas, podría realizar maniobras militares en medio de las islas o incluso sería el dueño legítimo de un hipotético yacimiento de petróleo que se encontrara en la zona. Sobra decir que este escenario es inaceptable para los intereses de España. Ahora bien, ¿quién tiene razón?
  • Según el derecho internacional, Marruecos. ¿Por qué? Porque en la Convención de Montego Bay se distingue entre 'estados archipelágicos', que son aquellos estados formados únicamente por una isla o conjunto de islas, como Cuba, Jamaica, Filipinas, Japón, etc...y 'archipiélagos de estado' que son aquellas islas que no son naciones 'per se' sino que forman parte de otras naciones continentales, como por ejemplo las islas Azores, Córcega, Cerdeña, Hawaii o las islas Canarias. La convención atribuye a los primeros la potestad de soberanía sobre su ZEE y sus 'aguas interiores', pero en ningún caso a los segundos. Es decir, que Canarias, en tanto en cuanto no es un estado soberano sino una parte de España, no tiene derecho a más que a sus 12 millas náuticas de mar territorial. La única forma de que Canarias tuviera derecho a ZEE propia y a la soberanía de sus aguas interiores sería modificando la Constitución y otrogándole el estátus de 'estado agregado', 'estado federal' o alguna triquiñuela legal que supusiera reconocer a Canarias como una nación dentro de España. Como a día de hoy no lo es y no parece que vaya a serlo nunca, la frontera marítima y aérea de Marruecos con Canarias debería disponerse como figura en el mapa inmediatamente superior, le pese a quién le pese.
  • Ahora bien, como el derecho del mar establece que las fronteras marítimas deben establecerse conforme al derecho internacional 'por acuerdo entre las partes', España se ha aferrado a la tesis ficticia de que Canarias puede proyectar ZEE y defiende la herramienta legal habitual en estos casos, la mediana equidistante. Es un argumento flagrantemente ilegal, pero nuestro país cuenta con un 'as' en la manga: Según Montego Bay, si los dos países en litigio no se ponen de acuerdo en la delimitación de las fronteras, existe la posibilidad de que cualquiera de ellos recurra a los Tribunales Internacionales de Justicia, que estudiarían el problema conforme a la legalidad y emitirían una sentencia de obligado cumplimiento para las partes. Es evidente que, de presentarse tal recurso, el tribunal fallaría a favor de la postura marroquí. Sin embargo, España sabe que Marruecos no puede acudir a este tribunal:

Una demanda de Marruecos frente a España podría suponer reabrir el contencioso del Sáhara Occidental porque a la hora de definir la ZEE y la plataforma continental habría que dar el dato de sobre qué espacios terrestres y consecuente mares territoriales se ejerce soberanía. Siendo evidente que desde el punto de vista internacional Marruecos no ejerce soberanía sobre el Sáhara, una tal demanda podría dar lugar a un nuevo pronunciamiento de TIJ contrario a las pretensiones marroquíes sobre el Sáhara que, en este momento, en el que se apuesta políticamente por la anexión contraviniendo la legalidad internacional, sería de un coste internacional inasumible para Marruecos e incluso para sus aliados.

De este condicionante deriva la estrategia española en la delimitación de las fronteras marítimas: Yo no pacto contigo la delimitación conforme a la legalidad porque ésta me es desfavorable y sé que tú no puedes recurrir a los tribunales internacionales para obligarme a cumplir dicha legalidad.

Desde la celebración del Convenio de Montego Bay en 1982 España y Marruecos aún no se han puesto de acuerdo en la delimitación de sus aguas territoriales, y sus posturas están como hemos visto bastante distanciadas. Si no hay un acuerdo mútuo entre las partes, no existe frontera marítima alguna y si no existe frontera marítima, tampoco existe el espacio aéreo, dado que no está delimitada la soberanía. Por eso a España no le queda más remedio que 'permitir' las violaciones de su espacio aéreo 'hasta un cierto punto' y por eso Marruecos sobrevuela con sus cazas una zona que, aunque exista un contencioso abierto, reconoce como suya. Es evidente que esta situación anormal no puede conducir más que a conflictos, por lo que es imperativo que se solucione cuanto antes. Y como los lectores de esta página sabrán, no hay mejor motivo que un buen yacimiento de oro negro.

Bastó con el indicio de que había una cierta posibilidad de que hubiera yacimientos de crudo en aguas Canarias para desbloquear un litigio que llevaba 20 años en punto muerto. Así, en 2001, el Gobierno Aznar recibió un informe que apuntaba la posibilidad de que el petróleo de Canarias fuera rentable - el 'break-even' es de 300.000 barriles diarios de crudo, a partir del cual se considera rentable invertir en la extracción - y decidió pasar a la política de los hechos consumados concediendo nueve permisos de prospección petrolífera a REPSOL YPF en una zona que tanto España como Marruecos consideraban como propia.

Este hecho enfureció a Rabat en un momento en el que las relaciones bilaterales estaban rotas tras varios desencuentros que habían llevado a la retirada de embajadores, apenas unos meses antes de la crisis de Perejil, hasta el punto de que formularon una protesta formal al Gobierno español y advirtieron de que cualquier violación de la ZEE marroquí sería respondida con la fuerza de las armas. Además, como represalia, concedieron una licencia de prospección a la americana CONOCO en otra zona en litigio y, en un gravísimo error jurídico, adjudicó también concesiones petrolíferas a la americana Kerr Mc Gee y a la francesa TotalFina Elf en aguas territoriales del Sahara occidental, territorio sobre el que no goza de soberanía de ningún tipo. Así lo reconoció el Departamento de Asuntos Jurídicos de la ONU en su dictamen de enero de 2002 en el que considera 'ilegales' los acuerdos con estas dos empresas por el motivo anteriormente citado.


¿Cuál es la situación en la actualidad?

En España, el Gobierno central suspendió tras el cambio de gobierno de 2004 los permisos a Repsol YPF para continuar con las prospecciones, lo que ha supuesto que la empresa pierda cerca de 30 millones de euros en concepto de investigación. Marruecos, por su parte, ha hecho lo propio. Esta situación obedece más a una estimación a la baja de la cantidad de petróleo en las aguas de Canarias que a una verdadera intención de solucionar el conflicto.

Sin embargo el contencioso sigue vigente y, aunque parece que las reservas de crudo de la zona no son suficientes como para que la situación 'estalle' de nuevo, no cabe duda de que la solución a este problema es fundamental para la estabilidad de Marruecos, de España, de Canarias y para intentar conferir algo de cordialidad a unas relaciones bilaterales muy enturbiadas por problemas en multitud de frentes como la soberanía del Sahara, de los enclaves españoles en el norte de África, la inmigración ilegal, la pesca o el terrorismo islamista.





4 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola. Llego con mucho retraso desde la publicación de la entrada, pero estaba buscando información sobre el tema y me encontré con ella. Excelente artículo y excelente blog. No sé por qué no has seguido publicándolo, pero te animo a que si puedes lo retomes. Hacen falta más blogs como éste y no el típico blog chorra en el que sólo se cuelgan vídeos de japoneses. Un saludo desde las Islas Canarias.

Unknown dijo...

Hola yo también como el anterior comentario llego tarde, decirte que sigas y mas ahora cuando el tema del petroleo con Canarias se esta poniendo chungo, con respecto a Marruecos.

Me has quitado muchas dudas, en relación a las aguas territoriales canarias.

Anónimo dijo...

Pues llego tarde, pero mira, qué casualidad, el tema del oro negro está ahora que quema.

Látigo Negro dijo...

Estoy de acuerdo en líneas generales. Aunque tengo un par de puntualizaciones:

Hablas de que la única forma de que Canarias acceda a su ZEE es "otorgándole" España un estatus jurídico acorde con la legislación internacional. Y yo te quería apuntar que este proceso puede ser unilateral, si así lo quieren los canarios, pues hablamos de un acceso a la soberanía de un territorio no-autónomo (es el estatus jurídico que debe tener para poder acceder a la ZEE). No tiene por qué pasar por un filtro del Estado, pues el dueño soberano de sus aguas es Canarias.

Sobre Marruecos y el Sáhara, ya existen todo tipo de resoluciones contrarias a la ocupación. Y el Sáhara Occidental está dentro de la lista de territorios a descolonizar. Por lo tanto es un argumento muy débil jurídicamente. En todo caso, sólo afectaría al Sáhara y no al caso canario. Otra cosa es que España negocie con Marruecos un reparto en base a otras cuestiones, como la devolución de Ceuta y Melilla, sobre pesca, inmigración... Ya veremos.